¿Los bonos pagan impuestos en México? Descúbrelo aquí

¿Los bonos pagan impuestos en México? Si estás invirtiendo o pensando en hacerlo, esta es una de esas preguntas que no puedes dejar sin respuesta. La buena noticia es que aquí vas a encontrar todo lo que necesitas saber, explicado al grano y con ejemplos claros. Hablaremos del ISR, retenciones, estímulos fiscales y hasta estrategias legales para pagar lo justo, ni más ni menos. Ya sea que tengas CETES, Bonos M, Udibonos o estés explorando bonos corporativos, este artículo es para ti. Prepárate para tomar el control fiscal de tus inversiones.

En Finantres México cuidamos al máximo nuestra independencia editorial. Todo lo que publicamos sigue principios de integridad y transparencia. Aunque algunos artículos pueden mencionar productos de nuestros aliados comerciales, siempre te explicamos con claridad cómo generamos ingresos. Nuestra promesa es simple: ofrecerte contenido imparcial, certero y en el que puedas confiar.

 

5 puntos clave sobre impuestos en bonos en México

  • Sí pagan impuestos: Los bonos generan ISR sobre sus rendimientos, ya sea por intereses o por ganancia en venta anticipada.
  • La retención es automática: En la mayoría de las plataformas, el SAT cobra directamente una retención provisional, sin que tengas que hacer nada.
  • No aplican IVA: Invertir en bonos no está sujeto al IVA, ya que no se considera un servicio o bien gravable.
  • Hay beneficios fiscales disponibles: Algunos bonos corporativos listados en bolsa pueden estar exentos de ISR si cumplen ciertas condiciones.
  • Puedes optimizar legalmente tu carga fiscal: Aprovechando deducciones, aportaciones al retiro o estrategias en tu declaración anual, puedes pagar menos.

¿Los bonos pagan impuestos en México?

Claro que sí. Todos los rendimientos que obtienes por bonos en México, ya sea intereses o ganancias de capital, están sujetos al Impuesto Sobre la Renta (ISR). Esto incluye desde instrumentos como CETES, Bonos M, Bondes F, hasta bonos corporativos.

¿Cómo funciona?

  • Al momento de recibir el interés o ganancia, la institución financiera o intermediario te aplica una retención automática de ISR, y ese monto se entera al SAT.
  • Esa retención depende del tipo de bono que poseas. Por ejemplo, en 2025 la tasa de retención sobre rendimientos de CETES para personas físicas fue de aproximadamente 0.5 % sobre el saldo promedio invertido. En otros bonos gubernamentales puede ser alrededor del 1.5 %, mientras que los corporativos tienen tasas más elevadas según tu nivel de ingresos.

¿Qué no aplica ISR?

  • El ISR no grava el monto del capital invertido, sólo los rendimientos netos que generaste.
  • No se aplica IVA a la inversión de bonos, ya que este impuesto no grava instrumentos financieros sino servicios o ventas de bienes.
  • Los únicos pagos que podrían estar exentos son ciertos estímulos fiscales aplicables a bonos corporativos si cumples con requisitos del SAT, como la emisión entre el gran público inversionista.

¿Te piden declarar?

  • Como inversionista persona física, no necesitas hacer cálculos adicionales si tus bonos están en plataformas autorizadas: el SAT recibe automáticamente la información y la precarga en tu declaración anual.
  • En cambio, si tienes bonos fuera de esas plataformas o si no se aplicó retención, deberás incluirlos tú mismo en tu declaración anual y pagar el ISR correspondiente.

¿Qué impuestos afectan a los bonos en México?

Siguiendo con el enfoque claro y útil que hemos visto, ahora te presento una tabla compacta pero completa para que entiendas qué grabaciones fiscales aplican a los bonos en México: ISR, IVA y retenciones. ¡Así verás de un vistazo cómo impactan tus inversiones!

Impuesto / RetenciónQué grava¿Cómo se aplica?Tasa estimada en 2025 (personas físicas)
ISR (Impuesto Sobre la Renta)Intereses y ganancias de capital derivados de bonosSe retiene automáticamente como pago provisional o se calcula en la declaración anualISR efectivo varía según ingresos, pero retención provisional fija del 0.50 % anual sobre el capital promedio invertido
Retención en la fuenteAplicada sobre saldos invertidos como anticipo de ISRInstituciones financieras retienen y reportan al SAT; puede haber saldo a favor o complementos en declaración0.50 % anual sobre el saldo promedio invertido en instrumentos como CETES, Bonos M, etc.
Ganancia de capitalDiferencia entre precio de compra y venta de bonosSe grava si vendes antes del vencimiento; se incluye en tu declaración anualGrava aplicando tu tasa marginal de ISR según nivel de ingreso (hasta 35 %)
IVA (Impuesto al Valor Agregado)Venta de bienes o servicios financierosGeneralmente no aplica a bonos, ya que no se consideran servicios gravables
Bonos exentos o estímulos fiscalesAlgunos bonos gubernamentales o ciertos corporativosPueden estar exentos total o parcialmente si cumplen requisitos específicos establecidos por el SATAplica solo en casos particulares y según características del bono

Exenciones y estímulos fiscales disponibles

Siguiendo lo que vimos sobre el ISR y las retenciones automáticas, ahora es momento de explorar qué exenciones o estímulos fiscales pueden ayudarte a reducir tus impuestos por bonos en México. Esta sección te presentará de forma clara los beneficios disponibles tanto para personas físicas como morales.

👛 Estímulo fiscal para pagos de intereses de bonos corporativos

Si recibes intereses por bonos corporativos emitidos en México y colocados entre el gran público inversionista a través de la Bolsa Mexicana de Valores o la Bolsa Institucional de Valores, puedes aplicar un crédito fiscal equivalente al 100 % del ISR que normalmente se retendría.
Esto significa que no se retiene ISR al inversionista extranjero cuando quienes pagan los intereses son residentes en México y se cumplen ciertos requisitos, y ese crédito puede acreditar contra el ISR que debiera retenerse a extranjeros.
✅ En la práctica, se eliminan las retenciones sobre esos pagos, lo que hace más atractiva la inversión y mejora la liquidez del mercado local. Este estímulo está vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.

🧾 Exenciones específicas en bonos gubernamentales y sociales

Algunos bonos emitidos por el gobierno federal o encaminados a proyectos sociales o de infraestructura pública pueden tener carácter exento parcial o total del ISR.
Estos casos suelen aplicarse cuando el instrumento cumple con objetivos de beneficio público o se trata de emisiones con destino específico (como vivienda asequible, educación, etc.).
En tales situaciones, los rendimientos podrían estar exentos o tener tratamiento fiscal preferencial.

🏦 Normativa vigente y límites aplicables

  • El estímulo fiscal se aplica únicamente sobre pagos de intereses de bonos listados en bolsas concesionadas.
  • Es necesario que la emisión sea al gran público inversionista.
  • También aplica para bonos emitidos incluso por empresas productivas del Estado, como Pemex o CFE, siempre que cumplan la circulación en bolsa.
  • El estímulo está vigente hasta finales de 2025, según el decreto fiscal más reciente.

👤 Personas físicas vs personas morales

  • Para personas físicas residentes en México, el estímulo significa que podrías no tener retención por ISR al recibir ciertos intereses si los emisores aplican correctamente el crédito fiscal.
  • Para personas morales, el beneficio es similar: se reduce la retención que corresponda sobre los ingresos por intereses pagados a residentes en el extranjero, siempre que esas operaciones correspondan a bonos registrados y colocados públicamente.

📝 Recuerda

  • Este estímulo no es automático: depende de que el emisor aplique el procedimiento correcto y cumpla con los requisitos.
  • No sustituye tu obligación fiscal general: si tus rendimientos vienen de instrumentos que no aplican estímulo o no están en bolsa, seguirás sujeto a ISR y retención normal.
  • Si calificas, el resultado puede ser una reducción real y significativa en la carga fiscal de tus inversiones en bonos corporativos.

Estrategias legales para optimizar impuestos de bonos

Continuando con lo que ya vimos sobre beneficios fiscales y estímulos aplicables a ciertos bonos, ahora vamos a profundizar en cómo puedes reducir legalmente la carga fiscal, aprovechando tu declaración anual, deducciones y otras cuentas diferidas.

📝 Declaración anual y deducciones personales

  • Si recibes intereses o plusvalías por bonos y no se aplicó retención automática, debes incluir esos ingresos en tu declaración anual del SAT.
  • Puedes restar deducciones personales autorizadas, como gastos médicos, colegiaturas o aportaciones voluntarias al retiro. Esto reduce tu base gravable y puede generar saldo a favor si la retención fue excesiva.
  • El límite de deducción es el menor entre el 15 % de tus ingresos acumulables o cinco veces la UMA anual (~198 000 MXN para 2025)

💼 Cuentas diferidas y ahorro para el retiro

⚖️ Deducciones estratégicas y planificación del tiempo

  • Organizar tus ingresos y gastos a lo largo del año te permite aprovechar al máximo los periodos de deducción. Por ejemplo, planificar pagos de colegiaturas o aportaciones en el marco fiscal adecuado.
  • Guarda todos tus comprobantes CFDI y realiza pagos con medios electrónicos (tarjeta, SPEI, etc.), como exige el SAT para validar deducciones.

👤 Personas físicas y morales: enfoques distintos

  • Para personas físicas: aplica deducciones personales y contribuciones al retiro; pueden obtener saldo a favor si las retenciones superan el impuesto calculado en tu declaración final.
  • Para personas morales: puedes aprovechar estrategias fiscales como provisionar impuestos diferidos o deducir gastos relacionados con inversiones en bonos, siempre bajo asesoría contable especializada.

🧠 Recomendaciones clave

  1. Lleva un registro ordenado de ingresos por bonos y deducciones posibles durante todo el año.
  2. Utiliza productos financieros como PPR o Afore para destinar parte de tu bono o rendimiento y obtener deducciones inmediatas.
  3. Declara aún si no estás obligado: puedes obtener saldo a favor, especialmente si recibiste ingresos por bonos o rendimientos que no fueron retenidos correctamente.
  4. Consulta con un asesor fiscal si tu situación es compleja o tienes operativos fuera del circuito directo de retenciones automáticas.

Conclusión útil y llamada a la acción

Has visto cómo puedes optimizar legalmente tus impuestos sobre los bonos en México: desde aprovechar estímulos fiscales hasta planear tus deducciones y aportaciones al retiro.

Preguntas frecuentes

Sí. Si eres residente fiscal en México, debes declarar todos tus ingresos a nivel mundial, incluidos los rendimientos de bonos extranjeros. En estos casos, puedes aplicar tratados para evitar la doble tributación y acreditar el impuesto pagado en el extranjero contra tu ISR mexicano.
Sí, aunque el menor sea el titular de la cuenta, los tutores legales son responsables de declarar los ingresos obtenidos, incluyendo los rendimientos por bonos. El ISR se aplica igual, y los adultos deben incluir estos ingresos en su declaración anual si no hubo retención.
Sí, aunque el menor sea el titular de la cuenta, los tutores legales son responsables de declarar los ingresos obtenidos, incluyendo los rendimientos por bonos. El ISR se aplica igual, y los adultos deben incluir estos ingresos en su declaración anual si no hubo retención.

Más artículos de CFDs de empresas

CFDs de empresas

Daniela Casas / Diseñadora UX

Contenido