Resumen rápido
- Debes declarar las ganancias realizadas, aunque todavía no hayas retirado el dinero del broker.
- Los CFD suelen analizarse como operaciones financieras derivadas.
- El importe a declarar no es el total retirado, sino la ganancia neta fiscalmente reconocida.
- No debes aplicar el ISR definitivo del 10% sin comprobar que la operación cumple los requisitos del artículo 129.
- Las pérdidas no pueden restarse libremente de salarios, honorarios u otros ingresos.
- Si el broker está en el extranjero, normalmente tendrás que preparar tus propios cálculos y conservar los estados de cuenta.
- Depositar o retirar mediante SPEI no determina el impuesto: lo relevante es el resultado de las operaciones cerradas.
¿Cómo clasifica el SAT las ganancias por CFD?
Un CFD es un contrato mediante el cual obtienes una ganancia o pérdida por la diferencia entre el precio de apertura y el precio de cierre de un activo, sin adquirir necesariamente ese activo. Puedes ampliar esta parte en nuestra explicación sobre qué son los CFD y cómo funcionan.
Para efectos fiscales, estas operaciones normalmente encajan dentro de las operaciones financieras derivadas. El SAT incluye expresamente los ingresos procedentes de este tipo de operaciones dentro del régimen de demás ingresos de las personas físicas y señala que pueden existir pagos a cuenta del impuesto anual, además de la declaración anual.
La clasificación concreta depende de factores como:
- El contrato firmado con el broker.
- El activo subyacente del CFD.
- El mercado en el que se considera realizada la operación.
- La entidad legal con la que abriste la cuenta.
- La existencia o no de una retención en México.
- Si la operación cumple los requisitos especiales del artículo 129 de la Ley del ISR.
Por eso, no basta con que el instrumento se llame CFD para asignarle una tasa de impuesto.

¿Qué cantidad debes declarar?
La base no se calcula sumando todos tus depósitos ni tomando el total que retiraste. Debes partir de los resultados de las operaciones que ya fueron cerradas o liquidadas.
| Movimiento | Tratamiento práctico |
|---|---|
| Depósito realizado al broker | No es una ganancia |
| Retiro hacia tu banco | No representa por sí solo la utilidad fiscal |
| Ganancia de una posición cerrada | Debe incluirse en el cálculo |
| Pérdida de una posición cerrada | Puede reducir ganancias de operaciones compatibles, bajo los límites aplicables |
| Resultado flotante de una posición abierta | No suele considerarse realizado hasta el cierre, vencimiento o liquidación |
| Comisiones y financiamiento nocturno | Deben revisarse y documentarse; no todos los cargos se deducen de la misma manera |
La Ley del ISR establece que la ganancia o pérdida de una operación financiera derivada se reconoce al vencimiento, cancelación, liquidación o compensación del contrato. También permite disminuir ciertas pérdidas de ganancias obtenidas por operaciones de la misma naturaleza, pero no convertirlas en una deducción general contra cualquier ingreso.
Ejemplo práctico en pesos mexicanos
Supongamos que el reporte anual de tu broker muestra:
- Ganancias realizadas: $42,000 MXN
- Pérdidas realizadas: $16,000 MXN
- Comisiones y cargos directamente relacionados, documentados y no incluidos previamente en el resultado: $3,500 MXN
Tu papel de trabajo partiría de una utilidad neta ilustrativa de:
$42,000 – $16,000 – $3,500 = $22,500 MXN
Este ejemplo no significa que todos los cargos sean deducibles ni que esa cantidad sea automáticamente el impuesto. Los $22,500 serían el resultado preliminar que debe clasificarse antes de calcular el ISR correspondiente.
Error común: declarar únicamente el dinero que llegó al banco. Podrías retirar $80,000 MXN, pero una parte puede ser la devolución de tu propio capital. También podrías no retirar nada y aun así haber generado ganancias fiscalmente realizadas.
Cómo declarar las ganancias por trading de CFD ante el SAT
1. Descarga el historial completo del broker
No te quedes con la cifra visible en el saldo de la plataforma. Descarga:
- Estado de cuenta anual.
- Historial de posiciones cerradas.
- Ganancias y pérdidas realizadas.
- Comisiones.
- Swaps o cargos por mantener posiciones abiertas.
- Ajustes por dividendos.
- Depósitos y retiros.
- Divisa de cada operación.
- Nombre de la entidad legal que administra tu cuenta.
Conserva también los comprobantes bancarios. Un retiro por SPEI puede ayudar a seguir la ruta del dinero, pero no sustituye el reporte de operaciones.
2. Separa operaciones abiertas y cerradas
Incluye en el cálculo las posiciones cerradas, vencidas, liquidadas o compensadas. No mezcles las ganancias flotantes de operaciones abiertas con las utilidades ya realizadas.
Esta separación es especialmente importante si utilizas apalancamiento, porque el saldo de la cuenta puede cambiar de forma considerable sin que todas las posiciones hayan terminado.
3. Convierte cada resultado a pesos mexicanos
Si la cuenta está en dólares, euros u otra moneda, necesitas convertir los resultados a pesos con un criterio consistente y respaldado.
Como referencia oficial puedes consultar el tipo de cambio FIX publicado por Banco de México. Conviene conservar una hoja de cálculo que muestre:
- Fecha de cierre o liquidación.
- Ganancia o pérdida en moneda extranjera.
- Tipo de cambio aplicado.
- Resultado convertido a pesos.
- Fuente del tipo de cambio.
Banco de México explica que el FIX se determina con base en cotizaciones del mercado mayorista y se publica para solventar obligaciones denominadas en dólares. El criterio fiscal preciso debe confirmarse de acuerdo con las características de cada operación.
Consejo experto: evita convertir todo el resultado anual con un único tipo de cambio tomado al azar. Un papel de trabajo operación por operación es más fácil de defender y reduce errores cuando el peso tuvo movimientos importantes.
4. Calcula la ganancia neta por operaciones compatibles
Suma las ganancias realizadas y resta únicamente las pérdidas que puedan compensarse conforme al régimen aplicable.
No mezcles sin revisión:
- CFD con salarios.
- Pérdidas de trading con honorarios.
- CFD negociados en mercados distintos.
- Derivados que podrían entrar en el artículo 129 con operaciones OTC realizadas directamente con el broker.
5. Verifica si hubo retenciones
Revisa si el intermediario entregó:
- CFDI de retenciones.
- Constancia fiscal mexicana.
- Comprobante de impuesto retenido.
- Estado de cuenta con una retención identificable.
El artículo 146 contempla una retención provisional del 25% sobre determinadas ganancias netas mensuales cuando interviene una institución o persona obligada a retener. No es una tasa definitiva universal para todos los CFD y es frecuente que un broker extranjero no emita una constancia mexicana.
Cuando exista una retención válida, debe incorporarse al cálculo para determinar si puede acreditarse en la declaración anual.
6. Presenta los pagos provisionales que correspondan
El propio SAT señala que quienes obtienen ingresos incluidos en el régimen de demás ingresos deben declarar, realizar el pago a cuenta del impuesto anual cuando resulte aplicable y presentar su declaración anual.
La periodicidad y el apartado concreto del portal pueden cambiar según:
- La regularidad con la que obtienes el ingreso.
- La clasificación jurídica de la operación.
- La existencia de una retención.
- Tus demás obligaciones fiscales.
No conviene esperar a la declaración anual sin revisar antes si debiste efectuar pagos provisionales.
7. Incluye el resultado en la declaración anual
En la declaración anual debes acumular las ganancias que correspondan, disminuir las pérdidas permitidas y acreditar las retenciones o pagos provisionales válidos.
Si el sistema no muestra automáticamente la información, tendrás que capturarla con base en tu papel de trabajo. Que el broker no reporte al SAT o no precargue datos no elimina la obligación de declarar.

¿Se paga siempre un 10% de ISR por los CFD?
No.
El artículo 129 de la Ley del ISR publicado por el SAT establece un impuesto definitivo del 10% para ciertos ingresos por enajenación de acciones y determinadas operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones colocadas en bolsas o índices accionarios, siempre que se realicen en mercados reconocidos.
Muchos CFD ofrecidos por brokers internacionales se negocian fuera de una bolsa reconocida, directamente contra el proveedor o mediante una estructura OTC. En esos casos, no deberías aplicar el 10% solo porque el subyacente sea una acción o un índice.
En términos prácticos pueden aparecer tres cifras distintas:
- 10% definitivo: únicamente si se cumplen los requisitos específicos del artículo 129.
- 25% provisional: retención prevista en ciertos supuestos del artículo 146; no representa necesariamente el impuesto final.
- ISR conforme a la tarifa anual: puede aplicar cuando la ganancia se acumula con otros ingresos de la persona física.
Advertencia importante: aplicar el 10% sin revisar el contrato y el mercado de ejecución puede provocar una diferencia fiscal. También sería incorrecto tratar el 25% provisional como una tasa final aplicable a cualquier trader.

¿Cómo se tratan las pérdidas por CFD?
Las pérdidas deben analizarse dentro del mismo régimen que las ganancias.
En general:
- No se restan automáticamente de tu sueldo.
- No se utilizan libremente contra honorarios, rentas o intereses.
- Deben corresponder a operaciones de la misma naturaleza.
- Necesitan estar respaldadas con estados de cuenta y reportes de cierre.
- No deben incluir pérdidas flotantes de posiciones que siguen abiertas.
En el régimen especial del artículo 129, las pérdidas pueden disminuir ganancias de esa misma sección y, bajo sus condiciones, aplicarse en ejercicios posteriores hasta por diez años. Para otras operaciones financieras derivadas, las reglas y plazos son diferentes.
Esta es una de las razones por las que no conviene agrupar todos los resultados de trading en una sola cifra.

Broker extranjero, dólares y retiros por SPEI
Operar con una plataforma internacional no te exime de declarar en México. Además, un broker extranjero puede no:
- Retener ISR mexicano.
- Emitir CFDI.
- Enviar información precargada al SAT.
- Convertir tus resultados a pesos.
- Separar las operaciones conforme a la clasificación fiscal mexicana.
Antes de elegir intermediario, también conviene comparar regulación, reportes y facilidad para obtener estados de cuenta. Nuestra selección de mejores brokers para operar con CFD puede ayudarte a revisar esas diferencias. Si todavía estás evaluando el riesgo de este tipo de operaciones, consulta también si el trading con CFD es confiable y para qué perfil puede tener sentido.
Pepperstone como opción recomendada para traders con experiencia
Para un usuario mexicano que ya entiende el apalancamiento y busca operar activamente con CFD, Pepperstone es nuestra opción recomendada por su enfoque especializado en trading y por ofrecer alternativas de fondeo adaptadas a la región.
Pepperstone sí incluye SPEI entre los métodos de depósito indicados para determinadas cuentas de Latinoamérica. La disponibilidad puede depender de la entidad, la región y la configuración de la cuenta, por lo que debes comprobarla dentro del área segura antes de transferir.
Puedes revisar nuestra guía sobre los métodos de depósito en Pepperstone desde México y, si la plataforma encaja con tu experiencia y tolerancia al riesgo, consultar las condiciones de Pepperstone.
SPEI facilita el movimiento del dinero, pero no simplifica por sí solo el cálculo fiscal. Depositar $20,000 MXN o retirar $30,000 MXN no indica cuánto ganaste: para eso necesitas el historial de posiciones cerradas.
Pepperstone no sería nuestra primera recomendación para una persona que apenas empieza a invertir o que busca construir una cartera de largo plazo. Los CFD son productos apalancados y pueden generar pérdidas rápidas. En algunos casos, Finantres puede recibir una compensación si abres una cuenta mediante sus enlaces; esto no modifica la necesidad de revisar regulación, riesgos y condiciones antes de depositar.

Errores que pueden causar problemas con el SAT
- Declarar retiros en lugar de ganancias. El flujo bancario y el resultado fiscal no son lo mismo.
- Aplicar automáticamente el ISR del 10%. Primero debes comprobar que la operación cumple el artículo 129.
- Ignorar swaps, comisiones y ajustes. Pueden cambiar el resultado, pero deben estar documentados y no contabilizarse dos veces.
- Compensar pérdidas contra cualquier ingreso. Las pérdidas de CFD tienen límites específicos.
- No convertir cada operación a pesos. Mantener el resultado únicamente en dólares deja incompleto el cálculo.
- Conservar solo capturas de pantalla. Descarga reportes oficiales y guarda archivos que permitan reconstruir las operaciones.
- Suponer que el broker hará la declaración. Una plataforma internacional puede darte información, pero la responsabilidad fiscal sigue siendo tuya.
¿Cuándo conviene acudir con un contador?
Busca apoyo especializado cuando:
- Operaste de forma frecuente durante el ejercicio.
- Tuviste cuentas en varios brokers.
- Combinaste CFD, forex, futuros, opciones o criptomonedas.
- Recibiste ingresos en diferentes monedas.
- Quieres aplicar pérdidas de ejercicios anteriores.
- El broker practicó alguna retención.
- No sabes si tus operaciones entran en el artículo 129 o en el régimen general de operaciones financieras derivadas.
- El monto es relevante frente a tus demás ingresos.
No todos los contadores trabajan habitualmente con derivados internacionales. Lo ideal es buscar a alguien que pueda revisar el contrato del broker, los estados de cuenta y la Ley del ISR, no solo el monto que llegó a tu banco.
Conclusión
Las ganancias por trading de CFD deben declararse a partir del resultado de las operaciones realizadas, no de los depósitos, retiros o saldo total de la cuenta.
El proceso correcto consiste en descargar los reportes del broker, separar posiciones cerradas, convertir los resultados a pesos, identificar el régimen fiscal, revisar pérdidas y retenciones, presentar los pagos que correspondan y conservar un papel de trabajo completo.
La mayor precaución está en no aplicar una tasa de forma automática. El 10% definitivo no cubre todos los CFD y el 25% previsto en ciertos casos es una retención provisional, no una respuesta universal.
Para seguir mejorando tu control operativo y entender los riesgos antes de abrir nuevas posiciones, puedes consultar nuestras guías prácticas de trading. Primero lleva bien tus registros; después evalúa si seguir operando encaja con tu situación financiera y fiscal.



