5 puntos clave sobre impuestos en bonos en México
- Sí pagan impuestos: Los bonos generan ISR sobre sus rendimientos, ya sea por intereses o por ganancia en venta anticipada.
- La retención es automática: En la mayoría de las plataformas, el SAT cobra directamente una retención provisional, sin que tengas que hacer nada.
- No aplican IVA: Invertir en bonos no está sujeto al IVA, ya que no se considera un servicio o bien gravable.
- Hay beneficios fiscales disponibles: Algunos bonos corporativos listados en bolsa pueden estar exentos de ISR si cumplen ciertas condiciones.
- Puedes optimizar legalmente tu carga fiscal: Aprovechando deducciones, aportaciones al retiro o estrategias en tu declaración anual, puedes pagar menos.
¿Los bonos pagan impuestos en México?
Claro que sí. Todos los rendimientos que obtienes por bonos en México, ya sea intereses o ganancias de capital, están sujetos al Impuesto Sobre la Renta (ISR). Esto incluye desde instrumentos como CETES, Bonos M, Bondes F, hasta bonos corporativos.
¿Cómo funciona?
- Al momento de recibir el interés o ganancia, la institución financiera o intermediario te aplica una retención automática de ISR, y ese monto se entera al SAT.
- Esa retención depende del tipo de bono que poseas. Por ejemplo, en 2025 la tasa de retención sobre rendimientos de CETES para personas físicas fue de aproximadamente 0.5 % sobre el saldo promedio invertido. En otros bonos gubernamentales puede ser alrededor del 1.5 %, mientras que los corporativos tienen tasas más elevadas según tu nivel de ingresos.
¿Qué no aplica ISR?
- El ISR no grava el monto del capital invertido, sólo los rendimientos netos que generaste.
- No se aplica IVA a la inversión de bonos, ya que este impuesto no grava instrumentos financieros sino servicios o ventas de bienes.
- Los únicos pagos que podrían estar exentos son ciertos estímulos fiscales aplicables a bonos corporativos si cumples con requisitos del SAT, como la emisión entre el gran público inversionista.
¿Te piden declarar?
- Como inversionista persona física, no necesitas hacer cálculos adicionales si tus bonos están en plataformas autorizadas: el SAT recibe automáticamente la información y la precarga en tu declaración anual.
- En cambio, si tienes bonos fuera de esas plataformas o si no se aplicó retención, deberás incluirlos tú mismo en tu declaración anual y pagar el ISR correspondiente.
¿Qué impuestos afectan a los bonos en México?
Siguiendo con el enfoque claro y útil que hemos visto, ahora te presento una tabla compacta pero completa para que entiendas qué grabaciones fiscales aplican a los bonos en México: ISR, IVA y retenciones. ¡Así verás de un vistazo cómo impactan tus inversiones!
Impuesto / Retención | Qué grava | ¿Cómo se aplica? | Tasa estimada en 2025 (personas físicas) |
---|---|---|---|
ISR (Impuesto Sobre la Renta) | Intereses y ganancias de capital derivados de bonos | Se retiene automáticamente como pago provisional o se calcula en la declaración anual | ISR efectivo varía según ingresos, pero retención provisional fija del 0.50 % anual sobre el capital promedio invertido |
Retención en la fuente | Aplicada sobre saldos invertidos como anticipo de ISR | Instituciones financieras retienen y reportan al SAT; puede haber saldo a favor o complementos en declaración | 0.50 % anual sobre el saldo promedio invertido en instrumentos como CETES, Bonos M, etc. |
Ganancia de capital | Diferencia entre precio de compra y venta de bonos | Se grava si vendes antes del vencimiento; se incluye en tu declaración anual | Grava aplicando tu tasa marginal de ISR según nivel de ingreso (hasta 35 %) |
IVA (Impuesto al Valor Agregado) | Venta de bienes o servicios financieros | Generalmente no aplica a bonos, ya que no se consideran servicios gravables | — |
Bonos exentos o estímulos fiscales | Algunos bonos gubernamentales o ciertos corporativos | Pueden estar exentos total o parcialmente si cumplen requisitos específicos establecidos por el SAT | Aplica solo en casos particulares y según características del bono |
Exenciones y estímulos fiscales disponibles
Siguiendo lo que vimos sobre el ISR y las retenciones automáticas, ahora es momento de explorar qué exenciones o estímulos fiscales pueden ayudarte a reducir tus impuestos por bonos en México. Esta sección te presentará de forma clara los beneficios disponibles tanto para personas físicas como morales.
👛 Estímulo fiscal para pagos de intereses de bonos corporativos
Si recibes intereses por bonos corporativos emitidos en México y colocados entre el gran público inversionista a través de la Bolsa Mexicana de Valores o la Bolsa Institucional de Valores, puedes aplicar un crédito fiscal equivalente al 100 % del ISR que normalmente se retendría.
Esto significa que no se retiene ISR al inversionista extranjero cuando quienes pagan los intereses son residentes en México y se cumplen ciertos requisitos, y ese crédito puede acreditar contra el ISR que debiera retenerse a extranjeros.
✅ En la práctica, se eliminan las retenciones sobre esos pagos, lo que hace más atractiva la inversión y mejora la liquidez del mercado local. Este estímulo está vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.
🧾 Exenciones específicas en bonos gubernamentales y sociales
Algunos bonos emitidos por el gobierno federal o encaminados a proyectos sociales o de infraestructura pública pueden tener carácter exento parcial o total del ISR.
Estos casos suelen aplicarse cuando el instrumento cumple con objetivos de beneficio público o se trata de emisiones con destino específico (como vivienda asequible, educación, etc.).
En tales situaciones, los rendimientos podrían estar exentos o tener tratamiento fiscal preferencial.
🏦 Normativa vigente y límites aplicables
- El estímulo fiscal se aplica únicamente sobre pagos de intereses de bonos listados en bolsas concesionadas.
- Es necesario que la emisión sea al gran público inversionista.
- También aplica para bonos emitidos incluso por empresas productivas del Estado, como Pemex o CFE, siempre que cumplan la circulación en bolsa.
- El estímulo está vigente hasta finales de 2025, según el decreto fiscal más reciente.
👤 Personas físicas vs personas morales
- Para personas físicas residentes en México, el estímulo significa que podrías no tener retención por ISR al recibir ciertos intereses si los emisores aplican correctamente el crédito fiscal.
- Para personas morales, el beneficio es similar: se reduce la retención que corresponda sobre los ingresos por intereses pagados a residentes en el extranjero, siempre que esas operaciones correspondan a bonos registrados y colocados públicamente.
📝 Recuerda
- Este estímulo no es automático: depende de que el emisor aplique el procedimiento correcto y cumpla con los requisitos.
- No sustituye tu obligación fiscal general: si tus rendimientos vienen de instrumentos que no aplican estímulo o no están en bolsa, seguirás sujeto a ISR y retención normal.
- Si calificas, el resultado puede ser una reducción real y significativa en la carga fiscal de tus inversiones en bonos corporativos.
Estrategias legales para optimizar impuestos de bonos
Continuando con lo que ya vimos sobre beneficios fiscales y estímulos aplicables a ciertos bonos, ahora vamos a profundizar en cómo puedes reducir legalmente la carga fiscal, aprovechando tu declaración anual, deducciones y otras cuentas diferidas.
📝 Declaración anual y deducciones personales
- Si recibes intereses o plusvalías por bonos y no se aplicó retención automática, debes incluir esos ingresos en tu declaración anual del SAT.
- Puedes restar deducciones personales autorizadas, como gastos médicos, colegiaturas o aportaciones voluntarias al retiro. Esto reduce tu base gravable y puede generar saldo a favor si la retención fue excesiva.
- El límite de deducción es el menor entre el 15 % de tus ingresos acumulables o cinco veces la UMA anual (~198 000 MXN para 2025)
💼 Cuentas diferidas y ahorro para el retiro
⚖️ Deducciones estratégicas y planificación del tiempo
- Organizar tus ingresos y gastos a lo largo del año te permite aprovechar al máximo los periodos de deducción. Por ejemplo, planificar pagos de colegiaturas o aportaciones en el marco fiscal adecuado.
- Guarda todos tus comprobantes CFDI y realiza pagos con medios electrónicos (tarjeta, SPEI, etc.), como exige el SAT para validar deducciones.
👤 Personas físicas y morales: enfoques distintos
- Para personas físicas: aplica deducciones personales y contribuciones al retiro; pueden obtener saldo a favor si las retenciones superan el impuesto calculado en tu declaración final.
- Para personas morales: puedes aprovechar estrategias fiscales como provisionar impuestos diferidos o deducir gastos relacionados con inversiones en bonos, siempre bajo asesoría contable especializada.
🧠 Recomendaciones clave
- Lleva un registro ordenado de ingresos por bonos y deducciones posibles durante todo el año.
- Utiliza productos financieros como PPR o Afore para destinar parte de tu bono o rendimiento y obtener deducciones inmediatas.
- Declara aún si no estás obligado: puedes obtener saldo a favor, especialmente si recibiste ingresos por bonos o rendimientos que no fueron retenidos correctamente.
- Consulta con un asesor fiscal si tu situación es compleja o tienes operativos fuera del circuito directo de retenciones automáticas.
Conclusión útil y llamada a la acción
Has visto cómo puedes optimizar legalmente tus impuestos sobre los bonos en México: desde aprovechar estímulos fiscales hasta planear tus deducciones y aportaciones al retiro.